Pensiones de viudedad y el ministro Escrivá

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones propone "llevar a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia, en especial la de viudedad" por medio del Pacto de Toledo.

Con el objetivo de "adaptarse a las nuevas realidades sociales y familiares, así como a las circunstancias socioeconómicas de los beneficiarios", pretende introducir una prueba de rentas para acceder a esta prestación que tenga en cuenta la situación financiera de la unidad familiar, y otros criterios como la edad y los hijos. Se pretende recortar las compatibilidades, en aras a restringir de alguna forma este tipo de prestación y "limitarla a quienes realmente la necesiten". En esta misma línea, defiende que la protección se concentre en las personas con 65 o más años para las que la pensión es su principal o única fuente de ingreso, elevando un poco a este colectivo el porcentaje de la base reguladora que se utiliza para calcular su prestación, en la actualidad el 60%, y subirlo hasta el 65-70%.

Nunca estaremos de acuerdo con la propuesta del ministro Escrivá por lo que supone de ataque a una parte de la población que ha quedado en penuria económica en la mayor parte de los casos. Pero lo peor es que pretenden SACAR estas pensiones del sistema contributivo (dependientes de la SS) y convertirlas en asistenciales (dependientes de los Presupuestos Generales del Estado).

Esta propuesta de modificar la naturaleza de las pensiones de viudedad, orfandad y a favor de familiares (prestaciones por muerte y supervivencia), supone romper la integridad del sistema público de pensiones, abriendo el camino a la reducción de esas pensiones al desligarlas de la base de cotización que es su origen y pudiéndose ligar, más adelante, al IPREM que lleva 10 años prácticamente estancado, al tiempo que entrarían en el terreno de transferibles a las Comunidades Autónomas, como otras asistenciales.

Las pensiones de viudedad, en su mayoría y en la actualidad, son de mujeres en más del 90%, que acceden a la pensión después de los 70 años y el 70% de estas pensionistas tienen como único recurso económico la propia pensión, aunque llevan camino de cambiar alguno de estos parámetros por la incorporación, hace muchos años ya, de la mujer al trabajo remunerado.

Esta financiación con cargo de las aportaciones de los PGE es una medida puramente economicista, y tiene como objetivo dejar un sobrante al año en los presupuestos de la SS, ajustable en función del grado de ejecución de los ingresos y gastos. Pero, como hemos propuesto en muchas otras ocasiones desde los movimientos pensionistas, ese sobrante se conseguiría mucho más fácilmente trasvasando los gastos realmente impropios (salarios y gastos fijos ministeriales, bonificaciones y subvenciones a la contratación, prestaciones a maternidad y paternidad, complementos a mínimos, ayudas universales de sanidad o servicios sociales, etc) a los Presupuestos Generales del Estado, y compensando los déficits con transferencias corrientes, tal como contempla el art. 109 del TRLGSS.

Dicho de otra manera: la Seguridad Social tendría superávit si solo tuviera que pagar las prestaciones contributivas cuyo derecho ha sido generado por cotizaciones sociales incluidas viudedad y orfandad, sin eliminar un derecho como ese a quienes quedan en difícil situación.

 Yayoflautas Cartagena

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