Un juzgado cancela 118.743 € en Cartagena con la Ley de Segunda Oportunidad

El matrimonio exonerado vio reducido sus ingresos y solicitó créditos que no han conseguido devolver

El Juzgado de lo Mercantil n°1 de Murcia ha dictado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) en el caso de un matrimonio de Cartagena (Murcia) que ha quedado liberado de una deudade 118.743 euros.

Como explican los letrados que han llevado el caso, "los deudores eran empleados que percibían un importe que les permitía asumir los gastos ordinarios. No obstante, su situación cambió y empezaron a percibir 1.000 euros. Esto les hizo imposible sufragar los gastos básicos de alimentación, vivienda y suministros. Solicitaron créditos para su subsistencia. Lamentablemente, no han logrado ponerse al corriente de los pagos".

La Ley de Segunda Oportunidad está vigente en España desde el año 2015. Hay que decir que esta herramienta se prevé para que particulares y autónomos puedan cancelar las deudas que han contraído y a las que no pueden hacer frente. Una de las claves fundamentales para triunfar en el proceso es poner el caso en manos de un despacho de abogados profesional y especializado.

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