La Policia Local efectuara entre el 5 y el 11 de junio una campaña especial contra el consumo de alcohol y drogas al volante

Los controles se realizarán en distintos puntos de la ciudad. El conductor que circule con un vehículo bajo los efectos del alcohol o estupefacientes podrá ser sancionado con la retirada del permiso de conducción y pena de prisión en su caso

La Policía Local de Cartagena realizará en colaboración con la Dirección General de Tráfico una campaña de vigilancia y control de la alcoholemia y las drogas durante la conducción desde el día 5 hasta el 11 de junio en el término municipal de Cartagena.

El alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales. Su presencia en la conducción dependiendo de su tasa, multiplica entre 2 y 15 veces el riesgo de sufrir un accidente. La única tasa segura es 0,0%. No sólo está relacionado con una mayor accidentalidad sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor vinculado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.

Conducir después del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España. Aparte del alcohol, casi un 15% de conductores conducen tras haber consumido alguna sustancia (drogas de abuso) que puede afectar la capacidad para una conducción segura. El cannabis (THC) y la cocaína son las dos sustancias más frecuentemente halladas.

La Ley de Seguridad Vial es muy estricta respecto al consumo de estupefacientes, por ello prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo, si bien se encuentran excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica.

El Código Penal contempla para los conductores que circulen bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

La Ley de Seguridad Vial, el Reglamento General de Circulación y el Código Penal fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos máximos del alcohol permitido durante la conducción, donde el incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, retirada del permiso de conducción y pena de prisión en su caso.

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