El ayuntamiento destina 100.000 euros a fiestas patronales y festejos populares

Las asociaciones de vecinos y comisiones de fiestas interesadas pueden presentar sus solicitudes hasta el 30 de junio

Las asociaciones de vecinos (AAVV) y comisiones de fiestas (CCFF), ya pueden solicitar las subvenciones municipales en proceso de concurrencia competitiva, para organizar y realizar las fiestas patronales o festejos populares de los respectivos barrios, nucleos urbanos y diputaciones de Cartagena a las que representen. El presupuesto destinado a estas ayudas asciende este año a 100.000 euros.

Las AAVV y CCFF que quieran concurrir a estas subvenciones deberán: estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones al menos desde el año 2.015 y haber renovado dicha inscripción en el año 2.016, carecer de ánimo de lucro y tener sede en el lugar de celebración de los actos por los que se solicita la subvención.

Las solicitudes se formalizarán a través del modelo de instancia adjunto a esta información, que, una vez cumplimentado deberá entregarse en el Registro General sito en la planta baja del edificio administrativo en la C/ San Miguel, 8, C. P. 30201 de Cartagena, en cualquiera de las oficinas descentralizadas (OMITAS), o en las oficinas de correos.

Las subvenciones serán puestas en consideración para su concesión por una Comisión de Evaluación que valorará: el interés del proyecto, la tradición y relevancia sociocultural de las Fiestas Populares de la localidad, correcta previsión de la organización de las actividades programadas, la repercusión y alcance del proyecto, y otros aspectos de interés que valore la Comisión.

El plazo de presentación de solicitudes termina el 30 de junio. Toda la documentación se adjunta a esta información y también se puede consultar en este enlace.

A la solicitud deberán adjuntarse los siguientes documentos:

Fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal.

Programa de las fiestas para las que se solicita subvención, que habrá de ajustarse a lo previsto en el modelo Anexo II

Fotocopia compulsada del D.N.I. del solicitante y documento que acredita la representación legal conforme al modelo que figura en el Anexo III

Certificación bancaria actualizada acerca de la titularidad de la cuenta en la que se ingresará la subvención.

Declaración responsable del Tesorero, Secretario o Presidente de la Asociación de Vecinos o Comisión de Fiestas de haber justificado la subvención recibida, en su caso, el año anterior (ANEXO IV).

Declaración responsable de Presidente de la Asociación de Vecinos o Comisión de Fiestas conforme al modelo que se acompaña a esta convocatoria, que acredite no estar la entidad solicitante incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones y en el artículo 49.2 y 3 de las Bases de Ejecución Presupuestaria, reguladoras de esta concesión y cumplimiento de reintegro de subvenciones. Además el beneficiario deberá presentar en caso de que así sea necesario, certificaciones positivas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidas por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, o en su defecto, declaración responsable (ANEXO V).

Certificaciones oficiales de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda, el Ayuntamiento y la Seguridad Social.

Otros documentos que se estimen oportunos.

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