La Audiencia rechaza el recurso de una condenada por apoderarse de zonas comunes de un edificio

Murcia, 26 nov (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso que la propietaria de una vivienda ubicada en Cartagena presentó contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia que la condenó a demoler las obras que había realizado y por las que se apoderó de parte de la terraza del edificio.

La Audiencia afirma que el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cartagena, en sentencia del pasado marzo, declaró que las obras ejecutadas por la demandada en la terraza del inmueble contravenían lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal y se le obligaba a demolerlas.

El Juzgado la condenó a "dejar la terraza, pérgola y el paramento medianero en su estado anterior" y le impuso el pago de las costas del proceso.

Esta vecina recurrió la sentencia y alegó que en el inmueble se habían realizado otras obras por parte de distintos comuneros sin que la comunidad de propietarios las hubiera denunciado, por lo que consideraba que había tenido un trato discriminatorio.

La Sala Quinta de la Audiencia, con sede en Cartagena, ha rebatido este argumento en una sentencia en la que indica que "la apelante está disfrutanto de mayor superficie de vivienda y, sin embargo, su contribución a la comunidad se sigue realizando de acuerdo con la cuota de participación originalmente establecida".

Añade que "también es consciente de que para la ejecución de dichas obras necesitaba autorización de la comunidad, que ni siquiera llegó a solicitar". EFE

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